Si alguna vez os veis en la tesitura, Dios no lo quiera, de no poder hacer frente a alguna deuda y os preguntáis que bienes os pueden embargar por este motivo, en este artículo encontraréis un completo listado de aquellos bienes que son embargables según orden de prioridad y la cuantía límite de dicho embargo (si finalmente lo que os embargan es el salario).
Los bienes que nos pueden embargar cuando no hacemos frente a una deuda que nos ha sido reclamada son los siguientes (según orden de prioridad):